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Número 6 - Junio 2003
Intervencion del psicólogo en el fuero de familia (poder judicial)
Su valor en relación al trabajo con niños involucrados en el conflicto parental
Ariel Pernicone

El niño objeto / lugar de la escucha psicoanalítica.

Aldo es un niño de 5 años. Sus padres están tramitando un juicio por un divorcio contradictorio en el Tribunal de Familia en el cual desarrollo la función de Perito Psicólogo.

Luego de varios años plagados de conflictos en la convivencia, la madre del niño se retira del hogar alegando que su esposo es agresivo, la insulta, y que en más de una ocasión intento’ pegarle. Por su parte el padre reclama poder ver a su hijo normalmente, ya que desde que se retiró del hogar con el pequeño, afirma, su mujer le impide ver a Aldo, o bien le permite el contacto bajo su propia supervisión, planteando que el niño le tiene miedo.

Tal es, con más o menos detalle, o quizás con alguna variante, el caso típico que suele llegar al Tribunal de Familia y por el que es habitualmente requerida la intervención del Equipo Técnico interdisciplinario (psicólogo, asistente social y psiquiatra) que integran el mismo.

Un niño, en medio de una batalla, siendo objeto de la disputa entre sus padres, quienes por lo general, a causa de motivos exclusivamente ligados a conflictos no resueltos de pareja, toman el cuerpo de su hijo como el campo de batalla en el cual desarrollarán su contienda.

La pregunta ha de ser:

¿Cuál es la vivencia que puede tener un niño en estas circunstancias, al ser tomado de tal forma, como el escenario predilecto de la pelea parental?

Posiblemente, como lo expresa el viejo dicho "una imgen vale más que mil palabras", y esto es lo que me enseñó el dibujo del pequeño de 5 años que menciono en el inicio de este escrito, a quien tuve ocasión de entrevistar en el Tribunal de Familia donde desarrollo la función de Perito Psicólogo y tengo oportunidad de dialogar y escuchar muchos niños como él.

Luego de una extensa charla, en la que Aldo pudo relatarme con fluidez a pesar de su corta edad, sus vivencias en relación al conflicto de sus padres y cuan "cansado" estaba de sus peleas, me pide dibujar y regalarme un dibujo como despedida de nuestro encuentro, diciéndome, acerca de su gráfico, en el momento que me lo entrega: "este es el hombre de goma. Lo hicieron de goma. Lo están estirando de todos lados".

Sin ninguna duda, todos aquellos que nos toca intervenir en el Fuero de Familia, desde los jueces, consejeros, abogados, psicólogos, asistentes sociales, psiquiatras, y demas miembros que lo integran, al vernos involucrados profesionalmente, a partir del ejercicio de nuestra función, al tomar contacto con las consultas que nos llegan habitualmente , con grupos familiares muy afectados emocionalmente, con severos trastornos en los vínculos en la mayoría de los casos, al abordarlos y escuchar sus dificultades, solemos rapidamente registrar y percatarnos que tales conflictos van a tener invariablemente efectos perjudiciales sobre el psiquismo de los niños que están insertos en tal dinámica familiar.

Relatos frecuentes como los del pequeño Aldo, nos advierten, y nos ponen alertas en forma constante acerca de dicho riesgo. Pienso que hacia ahí deberiamos dirigir nuestra atencion, y nuestra principal contribucion.

Esta comprensión de los posibles efectos nocivos sobre los niños involucrados allí, nos sume, o debería sumirnos en la responsabilidad atinente a la ética de nuestra función, tomando plena conciencia y asumiendo el valor y el alcance benéfico que podría llegar a tener nuestra intervención para ellos.

Una adecuada estrategia y una intervención apropiada en el grupo familiar que llega al Tribunal, no va a ser sin consecuencias positivas para el desarrollo emocional de esos niños que pueden estar siendo afectados por el problema no resuelto de sus padres.

Hasta se podría pensar, que de nuestros aciertos o desaciertos, de cuanto hayamos pensado, planificado y elaborado en forma conjunta el abordaje estratégico mas conveniente y las intervenciones sobre la problemática familiar a resolver que nos llega al Tribunal, vamos eventualmente a beneficiar o evitar mayores trastornos para ese sujeto en estructuración que es el niño que se está criando en dicho ambiente conflictivo.

Es indudable y evidente para quienes trabajamos en este campo, que un niño que es tomado como un objeto de la disputa entre sus padres, quienes seguramente sin saberlo, y muchas veces cegados por sus propias pasiones y conflictos personales, se olvidan de su subjetividad, corre el riesgo de que su psiquismo quede gravemente hipotecado por tal desconocimiento, generándole un perjuicio emocional, en ocasiones irreparable.

Marcas que pueden quedar fijadas, dañando o resquebrajando los cimientos de la estructuración psíquica de ese niño, que como todos sabemos ya a esta altura de las circunstancias, a partir de los aportes realizados por el psicoanálisis, se juegan principalmente en los primeros años de la vida infantil, y en el contexto y experiencias primeras del ámbito familiar.

Todo niño, para poder constituirse como sujeto y crecer apropiadamente en lo emocional, requiere de una dinámica en su entorno cercano, en la que se pueda producir adecuadamente para él, la provisión combinada tanto de la función materna como la función paterna.

Cualquier cersenamiento en el ejercicio de alguna de dichas funciones causará un perjuicio en la constitución del psiquismo.

El niño en formación, requiere tanto del sostenimiento y los cuidados que brindan el apego afectivo primario de la madre, como las operaciones de corte y de tercerización que aporta la función paterna.

Tal ecuación y dinámica resulta fundamental en el camino de la estructuración psiquica de todo sujeto, que sólo será eficaz en la medida en que dichas funciones se ensamblen como engranajes engarzados que operan conjuntamente, ocupando cada uno el lugar y la función que les toca y para la que están destinados en relación a su hijo.

En sus fallas, hallaremos una de las causas principales de producción de síntomas y de patologías psíquicas que se inician en estos tiempos fundantes de la infancia.

Teniendo en cuenta estas consideraciones es muy importante que todos aquellos que intervienen en el Fuero de Familia (Poder Judicial) tengan clara noción de la magnitud de los posibles efectos sobre el psiquismo de un niño en estructuración, cuando el conflicto de pareja no resuelto que pueda aquejar a sus padres, invaden perniciosamente el ejercicio de las funciones paternas y maternas, que el pequeño requiere para su desarrollo.

Desde mi práctica cotidiana en el Tribunal pienso, en cuantas ocasiones me ha tocado presenciar y escuchar como psicólogo:

Escenas varias de una dinámica parental fallida, que nos llegan diariamente al Tribunal en las que la violencia, las agresiones, las pasiones no resueltas al nivel de las parejas, inhundan la posibilidad de un apropiado ejercicio conjunto de las funciones como padres.

Descripción somera de algunas de las figuras típicas y más frecuentes de presentación de aquellos conflictos observables en las parejas, en las que un niño queda atrapado, capturado como un objeto rehén de los trastornos de sus padres.

Podemos suponer allí, porque la experiencia extraída del relato de tantos niños escuchados así lo constata, el enorme padecimiento emocional y pesada carga de tensión angustiosa que un pequeño puede vivenciar, cuando se ve sometido a tales circunstancias.

No hay vivencia más angustiosa para un sujeto que la de quedar a "merced del Otro ", es decir siendo objeto del "capricho del Otro".

En muchos de los casos como los que he mencionado, podemos ubicar, una de las formas más complejas de desconocimiento de la subjetividad de un hijo, que termina resultando una de las manera más amenazantes a las que puede quedar sometido un niño, tornándose la fuente posible de los más pavorosos estados angustiosos.

Nuevamente apelo al dibujo que un niño realizó en el Tribunal, que muestra con absoluta claridad, en forma figurativa, la sensación que intento describir aquí ( quedar a merced de Otro ) :

En el decir del autor: "este es un barco que el tiranosaurio hace volar por los aires, nada lo frena".

Riesgos en los que puede quedar atrapado un niño en tal situación de conflicto entre sus padres: ser un objeto a merced de un monstruo voraz, sin que nada medie para detener esa figura terrorífica

¿Será tal vez allí, donde radique parte esencial y una de las razones de ser de la intervención de un Tribunal de Familia en su función de ley?

 

Función del Psicólogo en el Tribunal de Familia.

Un Tribunal de Familia es un sistema dentro del Poder Judicial, cuyo objetivo principal radica en mediar y legislar sobre aquellas cuestiones que los integrantes de una pareja o una familia no logran resolver por sí solas en el momento en que un conflicto o ruptura en las relaciones los lleva a un distanciamiento.

Dentro del funcionamiento de esta Institución Judicial, el psicólogo forma parte de un Equipo Técnico, integrado por Asistente Social, y Psiquiatra, quienes en forma conjunta o por separado intervienen en dos etapas distintas en el engranaje judicial.

Por un lado es llamado a participar de un primer tiempo denominado Etapa Previa, cuyo objetivo principal consiste en intentar un acuerdo entre las partes en disputa, en relación a cuestiones tan diversas como régimen de visitas, tenencia, etc.

En esta etapa las opciones de maniobra por parte del psicólogo son mucho más amplias y permite cierta flexibilidad en su posibilidad de intervención.

A lo largo del tiempo que se sostenga esta etapa, el psicólogo podrá tener varias entrevistas, tanto con uno o más miembros de la familia, ya sea padres, niños, abuelos o incluso tíos, según resulte conveniente a la estrategia planificada en equipo o con el Consejero de Familia que conduce el intento de acuerdo.

También en este sentido, el psicólogo podrá ser convocado por el Consejero a participar en la audiencia en la que se discute la resolución del conflicto con vista al acuerdo.

En esta Etapa Previa, el psicólogo diagnostica, provee una descripción de los vínculos familiares, evalúa situaciones de riesgo, escucha el deseo de los hijos en relación a sus padres, y se intenta activamente contribuir a la búsqueda de una solución al problema familiar, teniendo como punto central de su objetivo, la protección de la salud emocional de los menores.

En dicha dirección, el psicólogo acerca información respecto de la dinámica emocional de los miembros del grupo, otorgándole al Consejero elementos que le permita maniobrar favorablemente hacia la búsqueda del acuerdo, y la distención del conflicto.

En ocasiones el psicólogo también está autorizado a intentar algún acuerdo cuando esta posibilidad se presenta en el marco de sus entrevistas.

En este punto puede realizar una intervención más activa, buscando, el mismo arribar al acuerdo en el momento mismo que está realizando la evaluación o escuchando el problema que aqueja a las personas que llegan al Tribunal.

Con mucha frecuencia es de su competencia indicar la conveniencia de realizar una psicoterapia a algunos o todos los miembros de la familia, complementando la indicación con la información necesaria sobre los lugares posibles de consulta para que quede garantizada la concreción de la misma.

Además de estas funciones, el psicólogo también puede ser convocado por los Consejeros a realizar el control de los acuerdos que haya concretado, de tal manera de asegurarse que los mismos funcionen adecuadamente y sean duraderos.

Cuando esta primera etapa fracasa o no es posible acuerdo alguno, la situación de conflicto conduce a una etapa siguiente, y requiere la intervención de los jueces como vía de solución.

Los jueces deberán allí arbitrar directamente sobre el problema, decidiendo en muchos casos la solución más conveniente acorde a ley, para aquellas personas que han fracasado en la posibilidad de un acuerdo por la vía del diálogo.

En este punto la tarea del psicólogo está centrada principalmente en el aspecto diagnóstico y en el aporte de elementos evaluativos que le permitan al juez una intervención justa y certera respecto del fallo o la operación que deberá realizar.

En este sentido muchas veces el psicólogo se avocará a responder cuestiones muy puntuales que en la mayoría de los casos tienden a: aportar información sobre formas y trastornos de los vínculos, aspectos del conflicto y psicopatología de los miembros en disputa.

Frecuentemente, cuando esta etapa está avanzada, se le solicita al psicólogo, responder a preguntas muy específicas, denominados puntos de pericia, que luego serán utilizados como pruebas respecto de la solución necesaria.

Un capítulo aparte merece el tiempo en el que el Equipo Técnico es convocado en relación a la nueva ley de violencia familiar surgida en el año 2001 en la Provincia de Buenos Aires.

La rapidez de la intervención reclamada en dicha ley, conduce al juez a solicitar una rápida evaluación pericial del equipo respecto de la situación agresiva denunciada por parte de alguno de los miembros de la familia. Allí la intervención del psicólogo es clave y decisiva su evaluación en relación al riesgo posible que la violencia en el seno de la familia represente para sus miembros.

Evaluar tal cuestión, sugerir alguna intervención posible, escuchar los peligros presentes y potenciales, medir su alcance, así como desentrañar la historia y causas de la violencia relatada, son algunas de las cuestiones que deberá considerar el psicólogo a la hora de trabajar en este tipo de problemática tan compleja, que llegará al Tribunal, generalmente bajo la forma de la urgencia.

 

Las familias que llegan a un Tribunal de Familia concurren demandando una solución a un conflicto que no han logrado resolver por otra vía.

En la mayoría de los casos, existe un trastorno en los vínculos afectivos de larga data, que tiene una historia y una trama compleja en la cual es central su correcta lectura para arribar a una adecuada solución.

En mi opinión la intervención del psicólogo es clave respecto no sólo de la lectura que pueda aportar sino en el valor preventivo en relación al cuidado emocional que implica una adecuada resolución del problema familiar para los menores que están involucrados en la conflictiva de sus padres.

El desarrollo emocional de todo sujeto va a depender de que la función materna y paterna sea ejercida en forma apropiada. Las patologías más severas se producen como efecto nocivo del mal ejercicio de alguna de dichas funciones.

Entiendo que un Tribunal de Familia puede aportar mucho para evitar que los trastornos en los vínculos familiares produzcan daños en el desarrollo emocional de muchos niños que de no existir una mediación o intervención insititucional en su grupo de pertenencia, se verían gravemente afectados en lo psicológico.

Allí radica uno de los aportes más importantes que puede realizar un psicólogo al integrar un equipo en el seno de un Tribunal de Familia.

Para finalizar, considero que para la concreción de una ajustada tarea de equipo, resulta fundamental una dinámica en la que exista un diálogo fluído entre los miembros que están involucrados en esta labor, tanto jueces, consejeros, asistentes sociales, psicólogos, psiquiatras, quienes si bien tienen un fuerte entrecruzamiento discursivo, por provenir de diferentes disciplinas y especializaciones muy diversas, deben lograr conciliar posiciones y elaborar estrategias conjuntas, que les permita concretar acabadamente esta importante función social que representa ayudar a elaborar y aportar soluciones a los conflictos de los integrantes de familias que llegan buscando alguna forma de ayuda para sus vidas.

Por último deseo consignar que en mi opinión, en la conflictiva de las relaciones familiares siempre participan motivaciones y deseos inconcientes individuales y subjetivos, cuyo desciframiento requiere de una escucha especializada.

En este sentido el psicoanálisis constituye una teoría que aporta al psicólogo la herramienta más propicia para tal lectura de lo que le sucede a un sujeto en su psiquis que lo ha conducido al trastorno en los vínculos.

Esa escucha es sin dudas uno de los aportes más valiosos que puede ofrecer un psicólogo en este ámbito del Poder Judicial.

- Buenos Aires. -5/7/03.

Ariel Pernicone.

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