"... Si el pequeño salvaje quedase librado a sí mismo y si conservase toda su imbecilidad; si uniera a la escasa razón de un niño de pecho la violencia de las pasiones de un hombre de 30 años, por cierto que le retorcería el cuello al padre y deshonraría a la madre..."
(Diderot en Le neveu de Romeau). Traducido por Goethe)"Precisamente por su existencia universal, el complejo de Edipo no se presta para derivar conclusiones sobre la culpabilidad. De hacerlo, llegaríase fácilmente a la situación admitida en una conocida anécdota: Ha habido un robo con fractura; se condena a un hombre por haber hallado en su poder una ganzúa. Leída la sentencia, se le pregunta si tiene algo que alegar, y sin vacilar exige ser condenado además por adulterio, pues también tendría en su poder la herramienta para el mismo"
(La peritación forense en el proceso Halsmann. S. Freud. Tomo VIII)Este trabajo surge de mi experiencia como perito oficial de la Asesoría Pericial Departamental de Lomas de Zamora, organismo que forma parte del Poder Judicial de la Pcia. De Buenos Aires, Argentina; trabajo que me llevó a cuestionar seriamente mi posición frente a las preguntas de los magistrados, las cuales en más de una ocasión han puesto en juego mi relación con la verdad, con la ética y con el poder judicial mismo, estructura netamente verticalista.
Sabía que debía indagar cuál podía ser el sentido de mi función ya que inmediatamente se puso en juego la idea de que no podría trabajar en un lugar que preguntara todo el tiempo por la verdad para responder reivindicativamente que la verdad es una categoría relativa del discurso. ¿Cómo intervenir entonces?.
Comenzaron a llegar los "casos" que circulaban entre preguntas cuyas pericias debían esclarecer la causa de por qué un niño, ante el divorcio de sus progenitores no quiere ver a su padre, o por qué no quiere vivir más con su madre, o si X tiene perfil golpeador, o si la menor fue abusada sexualmente o si tiene capacidad fabulatoria, o bajo qué estado emocional tal sujeto cometió un homicidio, etc.
Lo primero que observé es que siempre cada "caso" presentaba al menos dos partes: Denunciante-denunciado, demandante-demandado, imputado-víctima, con lo cual no me iría a encontrar con una única versión de los hechos. Siempre estaría entre dos posiciones antagónicas entre las cuales se supone el perito no tendría nada que probar. No obstante y no puede ser desconocido por éste, la pericia tiene fuerza probatoria y sí esperan quienes la piden probar algo "a favor o en contra de". La plasticidad en la tarea llegó al poder deshacerme de lo imaginario de la situación para pensar quién hablaba en tanto sujeto, desde "qué versión de los hechos".
Es en este punto en el que quisiera detenerme, dado que aquí el discurso jurídico y el del PSA divergen: El primero necesita reconocer inocentes y castigar culpables, en tanto investiga en aras de encontrar la coincidencia entre lo que se dice y lo que supuestamente sucedió, sin admitir que aquello que sucedió como hecho está perdido. De allí viene la "reconstrucción", el pedido de la utilización de técnicas específicas, de análisis, de tests que deben "dar" si el sujeto miente, etc. En cambio el segundo intentará escuchar un determinado posicionamiento del sujeto partiendo del a priori de que se trata de una realidad que es la psíquica y reconociendo que desde dicha realidad puede un sujeto situarse como culpable siendo inocente o como inocente siendo culpable.
Se parte de una verdad pero en el sentido de la estructura, según J. Lacan "es una verdad con estructura de ficción", una verdad propia de la estructura del lenguaje y no como exterior al sujeto y a probar materialmente un hecho.
El sujeto inicia una causa judicial buscando que un tercero, en este caso un Juez (subrogado de una instancia paterna) diga quién tiene razón, previendo en la mayor parte de los casos que la razón está de su lado y que esa será además la razón justa. En el imaginario del sujeto tendría razón quien dice la verdad, incluyendo allí que su causa es la causa justa. Según como se plante un sujeto frente a esta cuestión podrá en el ámbito de una pericia psicológica implicarse en aquello que demanda desde otro lugar, escucharse y hacer a un costado la causa judicial para plantearse algo acerca de su propia causa, o bien perseverar en su locura cotidiana.
Por lo general la Justicia refuerza la locura justamente por tratar de acercarse a una verdad imposible, solo logrando aumentar la tensión agresiva entre las partes y exacerbando el grado de delirio en el que el yo se victimiza.
Es así como el Juez dicta sentencia; pero el fallo judicial falla, es decir que intenta regular algo, poner un orden, legalizar una situación que de hecho no puede ser cumplida por las partes. El no poder cumplir no tiene que ver con una rebeldía, sino que es esa misma tensión imaginaria de yo a yo que lleva a los sujetos a continuar peleando por ese único lugar restante, llegando a actuaciones de lo más disparatadas con el afán de mostrarse víctimas de lo que les sucede. Reivindicaciones, paranoias, madres indignadas, padres furiosos, niños hartos, bailan al compás de la "danza judicial", muchas veces se convierten en profesionales de la denuncia o de la demanda, según el fuero al que se dirijan. El Yo puede mostrar su costado más miserable llegando a decir cualquier cosa, aún poner a su propio hijo en el peor de los lugares, con el afán de demostrar que su verdad es LA VERDAD.
En las causas de familia se ve con frecuencia cómo son los niños insistentemente colocados en posición de objeto- prueba que deben dar cuenta de cuál de sus padres miente, o mediante el cual demostrar que el otro es el culpable de algo. Al igual que el niño, también quien está en la función pericial puede quedar como testigo, si es que no logra escuchar e intervenir en consecuencia.
Entonces, ¿qué Ley es la que en el contexto del poder judicial va a buscar un sujeto? ¿Qué demanda alguien que deja a un lado la intimidad de su conflicto y lo expone públicamente ante un Tribunal o Juzgado?
Preguntarse por la Ley nos lleva directamente a considerar que la ley forzosamente delimita algo que guarda relación con lo que el sujeto busca: Hay algo que estaría prohibido, delimitado y alguien tendría la responsabilidad de que eso se cumpla. La cuestión es cuando el sujeto supone que el peso de la ley es para el otro, es decir que apela a la autoridad esperando que determine que el otro es culpable de alguna transgresión, quedando él mismo descontado de estar también sometido a algún fallo. Por lo tanto el sujeto queda allí des-sujetado de la responsabilidad, excepto que pueda decir "YO", o en otros términos "Sería yo el que no puede determinar el grado de responsabilidad que me compete en este conflicto". En los Escritos, Funciones del PSA en Criminología, Lacan retoma estas nociones introducidas por Freud, de su texto de 1912, Tótem y Tabú, las dos formas más aborrecidas del crimen: El Incesto y el Parricidio, poniendo a la Ley y al Crimen como el comienzo del hombre.
Interrogar a un padre/Juez a los efectos de que intervenga con su ley, ¿estaría interceptando un incesto posible? ¿Por qué en algunos casos hasta los más tercos se pacifican si son escuchados en alguna instancia judicial? Es mi hipótesis que el sujeto podría pacificarse respecto de algún goce, o mejor aún de dejarse de sentirse gozado por un Otro caprichoso que lo somete a su antojo. Un Otro feroz, superyoico que no representa sino encarna la ley. No cometido el asesinato en lo simbólico se dirige a un tercero real, que cumple funciones ligadas a una legalidad que además no le pertenece a quien ejerce la función (y eso es tranquilizador) sino que extrae La Ley de las escrituras: "lo dice la ley, no lo digo yo". Resulta eficaz para quien su propia relación a la ley le es en parte ajena desde algún lugar de lo simbólico.
Dicho en otros términos: Si bien el sistema puede colaborar en perpetuar la imaginería paranoide y tornar un conflicto irresoluble, el sujeto extrae en general alguna eficacia. ¿Qué sería de él si no apela a la ley en lo real? ¿Qué sería del otro (su semejante)? Es en este sentido que pienso que la regulación de la ley a la que acude lo resguarda de algo.
El padre falla con la ley, un juez dicta un fallo, al sujeto la ley nunca lo conforma, siempre espera otra cosa; ¿es que un padre siempre decepciona? ¿Nunca podría estar a la altura de su función?, pero el sujeto insiste y denuncia e inicia "causas judiciales" y sufre... entonces algún incesto debe evitar.
Hablamos de dos partes, ¿cuál sería "la otra parte" de este posible incesto? ¿Dónde estaría la madre?.... La ley, su sustrato, el lenguaje, la lengua materna. Esta es la causa que hace semblante de un complejo... En el fondo la cosa es con un Otro materno del que poco puede saberse. Se apela al padre porque la cosa es con la madre. La lectura entre líneas de la "causa judicial" dará una medida de la causa del sujeto.