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Número 6 - Junio 2003
Niñez ajusticiada (Introducción)
Silvia Guemureman - Alicia Daroqui

Este texto es la Introducción del libro "Niñez ajusticiada", de Silvia Guemureman - Alicia Daroqui.

El porque de este libro

Ver página de presentación en psicoMundo LibrosEs la propuesta de este libro conferir inteligibilidad a la construcción de «la minoridad» en nuestro país a partir de la identificación de aquellas instituciones fundantes como la legislación y la justicia o más específicamente, las prácticas judiciales, articuladas ambas a la conformación y consolidación de la institución del Patronato. Para ello, fue indispensable, al momento de abordar esta temática, introducirnos en un recorrido histórico de la génesis de la cuestión social 2, ya que este recorrido permite identificar diferentes períodos y concepciones en el tratamiento de la minoridad. Desde el primer uso localizable del concepto, según Castel en 1830 hasta el generalizado uso que se hace en temas de políticas públicas (Oszlack, O’Donnell, 1976) han pasado más de 150 años de historia en que la preocupación instalada desde el orden social dominante ha sido en los diferentes períodos el de detectar quienes constituyen "la cuestión social", su control y en definitiva su gubernamentalidad3.

Fueron y serán muchas las herramientas para esto: una –y privilegiada- será la legislación, otras serán la organización y práctica de la justicia y la formulación de políticas públicas.

En cada período, el uso del concepto trae reminiscencias de representaciones muy distintas acerca de sus destinatarios. Lo que sí es un común denominador, es que la «cuestión social» siempre estuvo asimilada a la gestión de los pobres y ello implicó el diseño e implementación de políticas que abarcaron el amplio espectro de la integración económica de principios de siglo sin integración política, la integración política-económica del estado de bienestar, la integración política pos-crisis estado de bienestar con des-integración económica, hasta el actual momento de exclusión sin retorno, expresada en la no integración ni política ni económica.

Es decir, sabemos que no siempre fue igual 4, pero sí destacamos que se mantuvieron ciertas necesarias e indispensables "continuidades" que hicieron posible la hegemonía del Patronato hasta nuestros días.

Y en este sentido los niños del presente, subvaluados en su condición de personas y como tales en sus derechos y necesidades, «la niñez pobre», podrán reconocerse en las leyes, en sus debates, en los relatos y en las instituciones de aquellos años como un colectivo social identificable y como un "objeto de intervención privilegiado", es decir, como una construcción política que durante cien años los hará portadores de un estigma que llevó y lleva el nombre de "MENORES".

Es entonces cuando este camino necesariamente impone abordar a la "Doctrina de la Situación Irregular" como instrumento ideológico y político de un proyecto de "gobernabilidad " sobre aquellos niños y adolescentes integrantes de las mayorías populares que los constituiría en "menores", como "objetos de intervención" y por tanto produciendo el proceso de "minorización", que tendría en la TUTELA como en el PATRONATO los soportes conceptuales que "justificarían" su hegemonía.

El llamado "complejo tutelar" para menores unido al desarrollo y afianzamiento del sistema correccional para el tratamiento del delincuente, han sido dos institutos que se han mantenido vigentes durante más de cien años en nuestro país.

Lo «tutelar» en sentido de "protección" y lo «correccional» en sentido de "curación" constituían una suerte de andamiaje sobre el que se montarían toda(s) las política(s) dirigidas hacia aquellos que se identificarían y clasificarían como «desviados», «delincuentes», «abandonados», «desamparados», «maltratados», es decir, aquellos sujetos que sea por una "vida desgraciada" o por una "maldad natural", al decir de Luis Agote en el año 1917, eran "los peligrosos" que representaban una amenaza hacia el resto de la sociedad.

Este "binomio exitoso" marcó a todas las formas de abordaje de la "cuestión minoridad", tutelarlos para corregirlos, para encausarlos, para orientarlos, para indicarles el buen camino, todas frases que aún hoy se reconocen en reglamentos de Institutos que no abandonan el concepto de TRATAMIENTO que se constituye en un vaso comunicante entre lo proteccional y lo correccional.

A lo largo de este trabajo será el concepto de "tutela- protección" el que se constituirá en el soporte conceptual en el desarrollo de los diferentes capítulos y no profundizaremos en la otra parte del binomio, "lo correccional", pese a que reconocemos su importancia, y un justo tributo sería la realización de un abordaje específico y exhaustivo que refiera a las políticas de institucionalización de «menores», o menos eufemísticamente, de privación de la libertad de niños y adolescentes. Pero igualmente, no podremos evitar volver a este concepto cuando desarrollemos temas como Comunidades Terapéuticas y Clínicas Psiquiátricas e Institutos porque, los conceptos "corregir", "curar", "tratar", siguen "dominando" discursos y prácticas en las instituciones de encierro.

Ahora volvamos al eje conceptual de este trabajo. La ambigüedad del término "protección" dio pie a interpretaciones diversas y es aquí en donde se complejizó el dilema de qué hacer con los niños: de un lado proteger a la sociedad del menor susceptible de convertirse en infractor; y por otro, la de proteger al menor de la sociedad susceptible de no actuar como agente positivo de control social en sentido "pro-activo" (Melossi, 1981) 5 a través de la educación, socialización y civilización de los individuos incluidos en ella.

Pero sin lugar a dudas, en todos los discursos de aquellos años estaba presente- el positivismo los ilustra particularmente- la "inferiorización de los sectores sociales que "debían" gobernarse a partir de un andamiaje de control, disciplinamiento y sujeción.

Así la TUTELA-PATRONATO, "capacidades" al decir de (Guizot) o "autoridad social" al decir de (Le Play): fueron ideas fundadoras de un plan de gubernamentalidad con las clases inferiores", al decir de Castel (1995, pág. 236) quien en otro momento, da precisiones sobre la "relación de Tutela o Patronato" de esta forma: "La relación de tutela instituía una comunidad en la dependencia y por ella. El benefactor y quien quedaba obligado a él formaban una sociedad; el vínculo moral era un lazo social".(pág. 248). Esta relación suponía un registro e intercambio desigual entre "superiores" e "inferiores".

Estos inferiores, en el caso de los niños procedentes de los sectores populares, se encontraban doblemente minorizados, es decir, en un doble relación de patrocinio: por un lado, el que les correspondía por su inscripción en la esfera social y económica al pertenecer a una "clase inferior"; y por el otro, por la devaluación que sufrían sus derechos.

Así como propone Castel (1985), es indispensable construir una historia del presente, porque esta cuestión está viva y por ello impone el retorno a su propia historia. Es decir, pasaron 80 años de aquella primera ley de Patronato de Menores, pasaron más de 100 años de la creación del primer Tribunal de Menores en Illinois, EEUU; pasaron casi 100 años de aquellos debates políticos-cientificos sobre qué hacer con "lo social", sobre tutelas y patronatos, transcurrieron fuertes críticas a cada una de estas cuestiones a lo largo de esos años, se registraron cambios sociales, políticos y económicos, pero aún, en este presente, rige la misma ley, continúan los tribunales de menores, el principio tutelar está vigente en el discurso y la práctica judicial y el Patronato sigue hegemonizando, al menos en la Argentina un "una cabeza tutelar" que produce las políticas sociales de «minoridad» que no pretenden ser de infancia.

En otras palabras, así como sostenemos que durante casi un siglo se fue construyendo al "sujeto menor", también ello implicó su complemento indispensable que fue la de "construir un pensamiento y una práctica tutelar" que se constituyeran hegemónicos y por tanto atravesaran las relaciones sociales "de la minoridad". Era la pretensión que este dispositivo se instalara de tal forma que su reproducción estuviese garantizada aún en algunos discursos y prácticas que suelen cuestionarla.

Por ello es pretensión de este libro, hacer tangible una vez más, la estructura del Patronato, destacando las formas que adquieren sus continuidades, analizando desde una historia del presente, las instituciones que lo componen, la legislación, la justicia, el organismo técnico- administrativo, y sus prolongaciones estratégicas: la policía, las comisarías y las instituciones de encierro.

Reconoceremos en éstos, los otros eslabones necesarios para reproducir la selectividad y discrecionalidad que construye la «minoridad». De allí que dediquemos sendos capítulos al desarrollo y despliegue de las estructuras y funcionamiento de las Comisarias del Menor, las Aprehensiones Policiales y a las Nuevas Formas de "Judicialización" como el trastorno psiquiátrico y la drogadependencia.

Las dos jurisdicciones elegidas por su representatividad simbólica y material lo son la Nacional y la de la Provincia de Buenos Aires.

Cabe, aquí, realizar una advertencia indispensable para que nuestros lectores "comprendan" el "porque" de la orientación hacia el ámbito de la competencia penal que tendrán algunos análisis pormenorizados de información estadística como de documentos. Cuando decidimos trabajar sobre está temática con la finalidad de " producir" este libro, tuvimos que tomar la decisión de plantearnos un recorte a la hora del abordaje de las dos competencias que integran la "cuestión de la minoridad" «lo asistencial y lo penal», es decir, "menores-víctimas o sea, vulnerados en su derechos" y "menores infractores de la ley penal". Ello fue motivado por la cuantiosa información que contábamos y la orientación diferenciada que supone el análisis de la situación de menores judicializados por motivos asistenciales.

Así, es ya una asignatura pendiente el tema de elaborar otro libro que refiera específicamente sobre las "formas y características del abordaje de la cuestión de los «menores víctimas»" por parte de las instituciones del Patronato. De igual modo, en aquellos capítulos o apartados que lo consideremos pertinente haremos mención a esta área de competencia como por ejemplo cuando describamos la capacidad internativa que ofrecen a los Juzgado de Menores, los Consejos del Menor de Nación y Provincia.

Por último, y a partir de una vasta acumulación de información y conocimiento acerca del tema a partir de las investigaciones que hemos realizado durante estos últimos 10 años, plasmaremos algunos de los resultados de la mismas en lo que hemos dado en llamar Las Prácticas Institucionales toman la palabra que pretenden resumir algunos ejemplos significativos sobre la continuidad del Paradigma de la Situación Irregular, el Patronato y la Tutela y de alguna experiencia que ha intentado "reducir el daño", presentándose como alternativa a la institucionalización.

La estructura de este libro constará entonces, de tres partes diferenciadas de acuerdo a la propuesta plasmada en párrafos precedentes, La Primera Parte: "Identificación de las instituciones paradigmáticas del Patronato. El pasaje del niño a "menor" , contará con el desarrollo de cuatro capítulos.

Antes de pasar a una somera descripción, cabe realizar otra aclaración. Puede que al lector le parezca la distribución de material un tanto desbalanceada en términos de proporciones. Este "desbalanceo" no es más que una consecuencia lisa y llana del recorte que hemos priorizado: en aquellos temas en donde la producción bibliográfica ha sido prolífica, no quisimos ser redundantes. Nos referimos especialmente al capítulo 1 y 2 de Contexto histórico, Legislación, Ministerio Público y surgimiento de los Tribunales de Menores.

Efectivamente, hay material de consulta abundante que analiza y desmenuza tanto la legislación como los proyectos legislativos, así como de la historia del surgimiento del fuero especial para "menores". Respecto al Ministerio Público Fiscal habida cuenta de los cambios recientes en la materia y habida cuenta la situaciones jurisdiccionales diferentes, hemos preferido no ahondar en un tema que nos es ajeno, y nuevamente remitir a quien desee mayor información a los colegas juristas, cuyo aporte puede se –seguramente- más valioso desde lo normativo.

En los capítulos en donde sí hemos realizado un despliegue más exhaustivo y profundo han sido los referidos a la Administración de Justicia en sede Judicial, y a los Organismos Técnico-Administrativos. Esto es así en honor a este polo del binomio «protección-tutela» que decidimos priorizar.

Tanto los Tribunales en su funcionamiento concreto como el Organismo Técnico-Administrativo del Patronato conforman una díada inseparable para comprender este "pasaje del niño a menor" que es objetivo de este apartado.

En estos capítulos el lector verá la articulación de la teoría y la práctica propia de las investigaciones desarrolladas por las autoras de neto corte sociológico. Hemos tratado de "animar", de "poner en movimiento", de dar cuenta del funcionamiento real de las instituciones del Patronato en términos de "proceso" dinámico. Cuando hablamos de proceso, estamos pensando en la descomposición de fenómenos sociales considerados como algo en perpetuo flujo; en la "secuencia estructural de un cambio continuo"(Elías, 1969) 6, y no en la reducción de la complejidad a la condición de situaciones sociales, y de fenómenos complejos y compuestos a componentes mas simples, aparentemente no complejos con la inexorable consecuencia de transformar todo lo mutable en imutable, al reducir los procesos a situaciones incluso cuando se ocupan del problema del cambio social.

Pasamos ahora sí, a la descripción de los capítulos.

En el primer capítulo, "Un largo camino.......algo de historia" destinado a una breve periodización histórica, destacando la constitución de ciertas etapas que reconocen situaciones económicas, políticas sociales y culturales diferentes. En ellas también "la cuestión social" presentará sus diferencias lo que brindará a su vez el "soporte" que promoverá la creación de una serie de herramientas, entiéndanse por éstas la producción de leyes, estructuras institucionales, prácticas y discursos que se "corresponderán" con la formas que requiera la "gobernabilidad" de la misma en cada una de esas etapas.

Las precisiones acerca del surgimiento y consolidación de lo que hemos llamado instituciones paradigmáticas en el funcionamiento del Patronato de Menores, la Legislación, los Tribunales de Menores, el Ministerio Público y el Organismo Técnico Administrativo (Consejos del Menor) tendrán cada uno un capítulo específico para su abordaje, en los cuales se entremezclarán datos históricos con referencias normativas .

Así, el segundo capítulo, "Las leyes que gobiernan la cuestión de la "minoridad": Surgimiento de los Tribunales de Menores, constará de dos Apartados. En el primero referido a la cuestión legislativa, y el segundo en relación a los Tribunales de Menores.

La ley nacional 10.903 de 1919, el Régimen Penal de Menores inscripto en las leyes 22.278/80 y 22.803/83, así como la ley 23.984/92 de la Reforma Judicial, concitarán un especial desarrollo ya que abonan en los objetivos de este libro. Haremos mención, por considerar indispensable destacar esta importante situación que refiere al cambio de paradigma que se viene gestando desde hace ya 10 años, el de la Protección Integral, reconociendo también y fundamentalmente, que en nuestro presente conviven ambos paradigmas, es decir, el de la situación irregular que no está dispuesto a claudicar en su trono, y el de la Protección Integral, soberano legítimo en salones de debate, pero aún figura decorativa en los "cuarteles" de las prácticas institucionales.

La concepción irregular "pervive" en los diseñadores de políticas, en los funcionarios, en los legisladores promoviendo la continuidad de la inferiorización de los sectores populares, más necesitados de reconocimientos de sus derechos que de una tutela-asistencia que los transforme en clientela cautiva y domesticada. El paradigma de la Protección Integral hace trastabillar esta hegemonía de casi un siglo, material y simbólicamente será la Convención Internacional de los Derechos del Niño con su ratificación en 1990 primero, y su incorporación a la Constitución Nacional en 1994 después, la que consolidará la lucha entre paradigmas ya disparada algunos años atrás.

En nuestro país se harán eco, la Ley N° 6354, del 7 de diciembre de 1995, "Ley del niño y el adolescente de la Provincia de Mendoza" , la Ley N° 114 aprobada en el año 1998 " Protección Integral de los Derechos de niños, niñas y adolescentes de la Ciudad de Buenos Aires" y la Ley de "Protección Integral de la Niñez, la Adolescencia y la Familia de la Provincia de Chubut".

Destacamos que actualmente se encuentran en tratamiento parlamentario algunos proyectos para modificar la ley a nivel Nacional y en la Provincia de Buenos Aires.

En "Comentario al proceso de Reforma Legislativa en la República Argentina" dice Beloff: "Concretamente, desde la aprobación de la Convención Internacional de los Derechos del Niño, han existido innumerable cantidad de proyectos de ley, tanto originados en el Senado como en la Cámara de Diputados de la Nación, muchos en el modelo de la situación irregular, algunos en el modelo de la ambigüedad y muy pocos –y muy defectuosos técnicamente- en el modelo de protección integral de derechos" 7

El análisis pormenorizado de esta nueva situación legislativa y de los proyectos en cuestión tiene abundante literatura al respecto por lo que no será tarea a realizar en este libro, aunque sí nos parece importante mencionarlo reconociendo de este modo su representatividad en la actualidad.

En el segundo apartado de este capítulo, haremos un breve recorrido sobre el Surgimiento de los Tribunales de Menores, el marco histórico social de finales del siglo pasado y principios de este, sus objetivos y sus finalidades y por supuesto sus "continuidades" hasta nuestros días.

En el tercer capítulo, "La administración de Justicia en sede judicial (Capital Federal y Provincia de Buenos Aires)", pondremos a las instituciones de la Justicia de Menores en "movimiento", presentaremos organismos y estructuras tanto en Capital como en la Provincia de Buenos Aires de los Tribunales de Menores como del Ministerio Público y la Subsecretaría del Patronato. Destacaremos: reformas, cambios y continuidades. Develaremos el funcionamiento de estos institutos del Patronato, ilustrando al mismo a través de información estadística y documental recopilada en estos últimos 10 años.

En el cuarto capítulo: "Organismos técnico-administrativos del Patronato a nivel Nacional y en la Provincia de Buenos Aires." Realizaremos el análisis de los Consejos Nacional y Provincial del Menor, la historia de los últimos 10 años, estructura, organismos, competencia y funcionamiento. Caracterizaremos a los institutos de menores, según su competencia y jurisdicción e informaremos sobre la " capacidad" internativa declarada con la que cuentan en la actualidad. Se hará una descripción de los programas alternativos dirigidos a los "menores" con causa penal, "intentando" develar lo "explícito" y "encubierto" de los mismos.

En La Segunda Parte: "Otros eslabones en la construcción del sujeto ‘menor’",

nos abocaremos a "hacer visible" a los otros eslabones, al menos los más significativos, que producen y reproducen "la construcción sistemática de sujetos-objetos de intervención", sea por medio de la aprehensión-detención de niños y adolescentes supuestamente autores de delitos, y por tanto, estigmatizados como "menores delincuentes"; sea por medio de la sujeción-internación de niños y adolescentes diagnosticados "drogadependientes o con trastornos psiquiátricos" , estigmatizados como "menores desviados-enfermos". Es decir, para los primeros será fundamental desarrollar los Capítulos quinto y sexto: Las Comisarias del Menor" y "Las aprehensiones policiales", y para los segundos, el Capitulo séptimo "Las Comunidades Terapéuticas y las Clínicas Psiquiátricas". La significación otorgada al concepto de "eslabones" en la construcción del "sujeto menor" se refiere en tanto su interdependencia con el proceso de judicialización. Asimismo, una mirada hacia el interior de estos capítulos y en particular del capítulo 7 permitirá realizar una articulación que "suena familiar" entre «menor- delincuente- desviado- enfermo» cuando se observen las estadísticas que dan cuenta de adolescentes con causas penales internados en Comunidades Terapéuticas y Clínicas Psiquiátricas.

Por último la Tercera Parte, "Las Prácticas Institucionales toman la palabra" estará destinada a desplegar el desarrollo de investigaciones que hemos realizado y que tienen como objetivo destacar el funcionamiento de algunas instituciones a través de sus prácticas. Las prácticas podían dividirse según la agencia de control social de procedencia, de modo que se podía ilustrar el funcionamiento de la agencia del organismo técnico-administrativo del Patronato con la radiografía de un Programa concreto. En este sentido, el Capítulo octavo describirá el "C.A.M.E.T. Programa de Atención y Derivación de Menores en Tránsito" del Consejo Nacional del Menor y la Familia. En el Capítulo noveno, "Administración de Justicia en sede judicial: Prácticas institucionales de los Tribunales de Menores", se ilustra el funcionamiento de dos juzgados con sendas radiografías que los singularizan del mapa judicial general. Así los subcapítulos destinados a los estudios de caso de los Departamentos Judiciales de Quilmes y San Isidro, tienen como objetivo ilustrar el ejercicio concreto de dos paradigmas diferentes en el tratamiento de la infancia.

Finalmente, en el Capítulo décimo: "Acerca de quienes son los jueces", se desarrollarán dos dimensiones del enunciado, el subcapítulo G- en que el abordaje será a través de los productos- sentencia, y el subcapítulo H- que se hará con la reconstrucción de los propios discursos de los magistrados. Cierra el capítulo una suerte de lectura- subcapítulo I- que pretende elucidar quienes son efectivamente los jueces de los que hablamos.

En el tramo final escribimos un Epílogo: El sainete de los datos que tiene por finalidad poner de manifiesto, una vez más, la paradoja entre los discursos y la formulación de políticas públicas hacia la infancia, especialmente, en el diseño de políticas de seguridad y de responsabilización adolescente-juvenil. La incoherencia entre los datos aportados por las diferentes agencias de control social sobre los mismos problemas, las dificultades para establecer mediciones confiables sobre cuántos, quienes y cuáles son los "sujetos" que ameritan una legislación específica, en fin, las abiertas contradicciones entre informaciones procedentes de diferentes fuentes, hacen difícil pensar en un diseño coherente de política pública para este segmento etáreo que no rinda homenaje al sensacionalismo de la prensa sino que se ciña a la "realidad". Mostrar algunas de esas inconsistencias en términos numéricos nos permite disparar una reflexión mucho más profunda y menos trivial que la anécdota: el enorme andamiaje discursivo invertido en modelar una opinión pública favorable al endurecimiento de las penas, y la "rebaja" en la edad de imputabi lidad penal, tiene bases absolutamente endebles.

Una vez más, la discrecionalidad tan cara al tratamiento de la «minoridad» se muestre en todo su ‘esplendor’.

Las autoras, enero de 2000

Notas

1 En esta Introducción se desarrollan ideas y se registran párrafos que hemos trabajado en el artículo que se encuentra en imprenta próximo a publicar en la Revista de Ciencias Sociales "Delito y Sociedad", "Los ‘menores’ de hoy, de ayer y de siempre: un recorrido histórico desde una perspectiva crítica", Alcira Daroqui-Silvia Guemureman.

2 Vale la secuencias históricas acerca de la génesis del concepto, en el recorrido trazado por Castel en el libro La metamorfosis de la cuestión social" Castel R. (1995).

3 La población aparece como fin ultimo del gobierno, más que como potencia del soberano: la población es un sujeto de necesidades y aspiraciones, pero también objeto de la intervención del gobierno. La población aparece como un dato, como un campo de intervención, el fin objetivo de las técnicas de gobierno; la economía está aislado como un fin específico. El término mas preciso que podría dar Foucault a su relato es "Historia de la gubernamentalidad" (publicada en "Espacios de Poder" compilación AAVV, Ed. LA PIQUETA, Madrid 1981el artículo de Foucault es una exposición realizada en el Colegio de Francia en enero de 1978) y por esto entiende 3 cosas:

4 Nuestro acercamiento a la temática reconoce antecedentes como el estudio realizado por L. Larrandart y E. García Méndez en Ser niño en América Latina y Del Revés al Derecho..... Otras secuencias históricas acerca de la génesis del concepto como la aparecida en Castel R. (1995).

5 D. Melossi, El estado del Control Social, editorial SIGLO XXI, México, 1991.

6 Elías Norbert: " El proceso civilizatorio", Editorial FCE, 1969.

7 Beloff Mary: "Comentario al proceso de reforma legislativa en la República Argentina". En la segunda edición de "Infancia, Ley y democracia en América Latina" García méndez-Beloff, Compiladores. Editorial Temis Depalma, 1999.

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